El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) extendió por 540 días los permisos de trabajo para ciertos grupos de inmigrantes, esto en respuesta a los retrasos para renovar las concesiones ya vencidas.
La extensión automática de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD) entró en vigencia inmediata este 4 de mayo de 2022 y protege a 18 categorías de inmigrantes que están en proceso para obtener la residencia o que ya cuentan con algún tipo de visado.
“A medida que USCIS trabaja para atender la cantidad de casos pendientes de EAD, la agencia ha determinado que la extensión automática actual de 180 días de la autorización de empleo es insuficiente en este momento”, dijo la directora de Uscis, Ur M. Jaddou.
“Esta regla temporal brindará a los no ciudadanos elegibles para la extensión automática la oportunidad de mantener el empleo y brindar apoyo crítico a sus familias, al tiempo que se evitan interrupciones adicionales para los empleadores estadounidenses”, agregó.
Déficit de fondos
La oficina detalló que los retrasos en la revisión y renovación de los permisos de trabajo se debe a la difícil situación financiera que por años ha afectado a la agencia, perjudicando la finalización eficiente de los casos.
La pandemia de covid-19 exacerbó estos desafíos en 2020 con la congelación de la contratación y una amenaza de suspensión de empleados que provocó la pérdida de fuerza laboral y redujo severamente las capacidades.
En 2021, antes de que Uscis pudiera recuperarse de estos impactos fiscales y operativos, hubo un aumento repentino y dramático en las presentaciones iniciales y de renovación de EAD, lo que sumó más retraso al proceso.
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La extensión automática de 540 días permitirá que Uscis atienda la escasez de personal, implemente eficiencias adicionales y cumpla con el objetivo de lograr un tiempo de ciclo de tres meses para las solicitudes de los EAD para finales del año fiscal 2023.
A partir del 27 de octubre de 2023, las extensiones automáticas de la autorización de empleo y la validez de los EAD volverán al período de hasta 180 días para aquellos solicitantes elegibles que presenten a tiempo las solicitudes de renovación del Formulario I-765.
Las personas que aún tienen su permiso de empleo vigente, se les renovará automáticamente por 360 días una vez que su documento caduque.
La extensión, tanto para permisos vigentes como vencidos, aplica para las siguiente 18 categorías de inmigración:
- Refugiado.
- Asilado.
- N-8 o N-9.
- Ciudadano de Micronesia, Islas Marshall, o Palao.
- Otorgamiento de Posposición de Deportación o Remoción.
- Otorgamiento de Estatus de Protección Temporal (TPS).
- Cónyuge de un no inmigrante E principal con un I-94 sin caducar que muestra el estatus de no inmigrante E-1 (que incluye E-1S, E-2S y E-3S).
- Cónyuge de un no inmigrante L-1 principal con un I-94 sin caducar que muestra el estatus de no inmigrante L-2(que incluye L-2S).
- Solicitud de Asilo en Trámite.
- Ajuste de Estatus bajo la Sección 245 de la Ley en Trámite.
- Suspensión de Solicitudes de Deportación (presentada antes del 1 de abril de 1997).
- Solicitantes de Cancelación de Remoción.
- Solicitantes de Cancelación Bajo NACARA.
- Creación de Registro (Ajuste Basado en Residencia Continua desde el 1 de enero de 1972).
- Solicitud inicial pendiente de estatus protección temporal (TPS) o solicitud para extender el TPS y que Uscis determina que el solicitante resulta a prima facie elegible para TPS y puede recibir un EAD como un “beneficio temporal”.
- Legalización bajo Sección 210 (I-700 en trámite).
- Legalización bajo Sección 245A (I-687 en trámite).
- Legalización bajo LIFE.
- Cónyuges de algunos no inmigrantes H-1B principales con un I-94 sin caducar que muestre el estatus de no inmigrante H-4.
- Autopeticionarios VAWA.